El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) rechazó la solicitud de eutanasia de una mujer de Palma de Mallorca que vive sola y sufre desde hace muchos años de la degradación de su movilidad, así como de dolores crónicos e incapacitantes.
Basándose en varios informes, los magistrados consideran que la paciente no cumple con las condiciones establecidas por la ley.
Posibilidades de mejora
«Desde hace cinco años veo cómo sería mi vida si llegara el momento en que ya no pudiera cuidar de mí misma. No quiero que el dolor me consuma. No quiero terminar postrada en la cama», declara la paciente. «Debo partir antes de que eso suceda», continúa, insistiendo en que «la única esperanza» que tiene es recurrir a la eutanasia.
Los dos médicos inicialmente consultados para evaluar la solicitud de la paciente, su «médico de cabecera» y luego un neurólogo, se pronunciaron a favor de la eutanasia, citando, entre otras cosas, la degradación de su movilidad, los dolores crónicos e incapacitantes que sufre y los efectos secundarios de los medicamentos que toma.
Sin embargo, la Comisión de Garantía y Evaluación, compuesta por profesionales de la salud y juristas, rechazó la solicitud, considerando que, a pesar de su mal estado de salud y la degradación de su calidad de vida, la paciente no cumple con las condiciones establecidas por la ley. De hecho, aún puede cuidarse a sí misma y no sigue de manera precisa ni las recomendaciones ni los tratamientos recetados por los médicos. La Comisión también destaca la existencia de posibilidades de mejora si la paciente siguiera las recomendaciones médicas. Además, en el momento de la solicitud, no se habían explorado todas las posibilidades de atención.
Criterios «inequívocos»
Dado que la paciente se quejó de este rechazo, la Comisión solicitó informes adicionales, pero confirmó su decisión a pesar de los informes médicos que describen los problemas físicos y psicológicos «constantes e insoportables» que sufre la paciente. La mujer entonces decidió impugnar la decisión ante la Dirección General de Prestaciones y Farmacia del Gobierno de las Islas Baleares, que después de un análisis, se pronunció en el mismo sentido que la Comisión.
Insatisfecha, la paciente presentó una queja contra el Gobierno regional.
Los magistrados recuerdan que la ley autoriza la eutanasia en casos de «sufrimiento grave, crónico e incapacitante o de enfermedad grave e incurable» que causa un «sufrimiento insoportable que no puede aliviarse en condiciones consideradas aceptables». Dado el «carácter irreversible» de la decisión, estos elementos deben ser «inequívocos» y «sin esperanza de evolución favorable», especifican.
Después de analizar uno por uno los requisitos establecidos por la ley, el tribunal rechazó la solicitud de la paciente.
«Cansada de vivir»
Los magistrados indican que ella «vive sola en su domicilio», pero que la degradación de su movilidad no le impide asistir a sus citas médicas. También señalan que, aunque sufre dificultades en sus actividades diarias, estas «dificultades» no pueden ser equiparadas a una «incapacidad» para valerse por sí misma. También resaltan que la enfermedad que sufre la paciente «se clasifica como moderada» y que los servicios médicos le han ofrecido un tratamiento para mejorar su situación clínica. Los servicios de atención domiciliaria indican que pueden proporcionarle «cuidados en el hogar y administrar un tratamiento analgésico no agresivo».
Si «la persona es libre de decidir cuándo quiere poner fin a su vida», el tribunal recuerda que «la ley (…) no contempla facilitar esta decisión en todos los casos». Especifican que la solicitud de eutanasia «es un derecho individual de una persona que se encuentra en un contexto de sufrimiento», pero que la ley se refiere solo a «situaciones de sufrimiento extremo». En este caso, los magistrados consideran que la paciente desea recurrir a la eutanasia porque está «cansada de vivir», lo cual no está previsto por la ley y resulta principalmente de la mala calidad de vida causada por la soledad y la falta de apoyo del entorno familiar . Aunque es cierto que sufre y está sola, no hay ninguna razón legal para «ayudarla a morir», según los jueces.
Es la primera vez que un tribunal de las Islas Baleares se pronuncia sobre la aplicación de la ley que legalizó la eutanasia en España en marzo de 2021.
Publicado en Génèthique, el 5 de febrero de 2024, Espagne : la justice rejette la demande d’euthanasie d’une patiente « fatiguée de vivre
Genethique
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