Con fecha de 15 de enero, hoy día 4 de febrero se ha publicado el Real Decreto 42/2010, por el que se regula la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida
Hay que felicitar el aumento de presencia de las instituciones sociales en la presentación de miembros para la Comisión. Todavía se da un peso importante a los cargos políticos, pero a diferencia de lo que ocurre en la Comisión de Bioética de España donde priman las decisiones políticas, en este caso aparecen también:
c) Una persona experta en Bioética designada por el Comité de Bioética de España.
d) Una persona designada por la Organización Nacional de Trasplantes.
e) Cinco representantes designados por las siguientes sociedades científicas de ámbito estatal, relacionadas con la fertilidad humana, la obstetricia y ginecología, y las técnicas de reproducción humana asistida: Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), Sociedad Española de Fertilidad (SEF), Sociedad Española de Andrología (ASESA), Asociación para el Estudio de la Biología de la Reproducción (ASEBIR) y Asociación Española de Genética Humana (AEGH). Cada una designará un representante.
f) Tres representantes designados, uno por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, otro por el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, y otro por el Consejo General de la Abogacía.
g) Un representante designado por el Consejo de Consumidores y Usuarios.
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