El presidente de Portugal se ha negado a firmar un proyecto de ley que legaliza la eutanasia y el suicidio médicamente asistido. Marcelo Rebelo de Sousa criticó su redacción porque era imprecisa.
Es la segunda vez en este año que Rebelo de Sousa, un ex profesor de derecho, rechaza un proyecto de ley de eutanasia. Envió la primera versión al Tribunal Constitucional de Portugal para una evaluación en febrero.
Mientras que el proyecto de ley original especificaba una «enfermedad mortal» como requisito previo para la «muerte asistida», la nueva versión utiliza las palabras «incurable» o «grave».
Sin embargo, dejar de exigir que los pacientes sean enfermos terminales significa: “un cambio considerable en la ponderación de los valores de la vida y la libre autodeterminación en el contexto de la sociedad portuguesa”.
Esto efectivamente deja de lado el proyecto de ley de eutanasia hasta que se elija un nuevo parlamento y gobierno a principios del próximo año.
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La desconcertante situación de la eutanasia en Colombia sigue siendo sorprendente tras una votación en la Cámara de Representantes del país. Un proyecto de ley patrocinado por el congresista Juan Fernando Reyes Kuri, defensor de la eutanasia, volvió a fracasar el mes pasado, con 65 votos a favor y 78 en contra.
Lo que hace que la batalla de Colombia por la eutanasia sea diferente es que la Corte Constitucional dictaminó que era legal en 1997. Sin embargo, ordenó a la legislatura nacional que redactara una ley que la permitiera. En los 24 años transcurridos, todavía no existe una ley. Hasta ahora, los legisladores colombianos se han opuesto decididamente a la eutanasia.
Expresando el sentir de muchos, el diputado Buenaventura León declaró en el debate previo a la votación: “La práctica de la eutanasia constituye una grave ofensa a la dignidad de la persona y favorece la corrosión de valores fundamentales en un orden social. Sería muy peligroso para los más frágiles. La Ley está hecha para proteger la vida.”
La inacción del poder legislativo no ha impedido que la Corte Constitucional radicalice aún más su fallo de 1997. En 2018, dictaminó que los niños de hasta seis años pueden solicitar la eutanasia. En julio, dictaminó que los pacientes no terminales son elegibles para la eutanasia “siempre que el paciente se encuentre en un sufrimiento físico o psicológico intenso, como resultado de una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable”.
Como no hay ley, la eutanasia la regula el ministerio de salud. Pero esto proporciona muy poca seguridad jurídica a los médicos y pocos están dispuestos a correr riesgos.
Publicada en Bioedge por Miguel Coock | 04 de diciembre de 2021 | Euthanasia takes a backward step in Portugal and Colombia