El 13 demarzo de 2012,la Corte Suprema deArgentina ha confirmado el fallo del tribunal dela provincia de Chubut(sur de Argentina), que permitió en 2010 el aborto en una niñade 15 años quehabía sido violada.
Con ello la Corte Suprema ha ampliado elartículo 86, inciso 2º, del Código Penal (1922), que establece la no punibilidad del aborto si el embarazo proviene de una «violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente», para incluir cualquier violación.
El fallo añade dos aspectos importantes:
- Que no hace falta ningún tipo de prueba de la violación, bastando una mera declaración jurada de la víctima o su abogado
- Que tampoco es necesaria autorización judicial para llevar a cabo este aborto.
También han recomendado que se implementen las medidas que contemplen la objeción de conciencia pero que este tipo de abortos se puedan llevar a cabo en todas las instituciones sanitarias.
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