No deja de ser sorprendente la capacidad que estamos mostrando de acabar con nuestra propia cultura y civilización.
Uno de los escenarios más belicosos es la batalla que algunos organismos de la ONU llevan a cabo -independientemente de los Estados que forman la Asamblea General- para implantar su propia agenda. Más en concreto por alcanzar el objetivo de que se considere el aborto como uno de los derechos humanos. Objetivo que se se habían propuesto conseguir en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo(El Cairo, 1994), que introducirá el concepto de «derechos reproductivos» y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer(Beijing, 1995) con la «perspectiva de género». Objetivo que no fue alcanzado pero que continúan procurando.
Ahora el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, está promoviendo un nuevo versión del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que en el artículo 6.1 recoge que «El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente». Se trata de un pacto adoptado y ratificado por la Asamblea General de la Onu en 1966 y que ha sido ratificado por 175 países.
El Comité se hace presente mediante Observaciones generales que son consideradas declaraciones autorizadas que se mueven en un horizonte cuasi-jurídico y que fácilmente son utilizadas por forzar las legislaciones nacionales en la misma línea. Mediante la propuesta de la Observación general núm. 36 se quiere dar un nuevo impulso al aborto y a la eutanasia.
En la Observación general num. 36 presentada el pasado noviembre se recoge que los Estados deben facilitar el acceso al aborto para proteger la vida y la salud de las mujeres embarazadas, y en las situaciones en que llevar a término el embarazo causaría a la mujer graves dolores o sufrimientos, físicos o psíquicos (…) Los Estados partes tampoco deben establecer requisitos excesivamente onerosos o humillantes para las mujeres que deseen someterse a un aborto (Consideraciones generales, n. 9).
Dejando al margen, situaciones muy excepcionales de peligro mortal para la madre, es conocida la aplicación que se llega a hacer en la práctica del concepto de «sufrimiento físico o psíquico»: estropear la figura o no entrar dentro de los deseos de tener un hijo.
Pero también han aprovechado la ocasión para avanzar hacia la consecución de la implantación de la eutanasia: los Estados partes [pueden permitir] [no deben impedir] a los profesionales médicos proporcionar tratamientos o recursos médicos con vistas a facilitar la terminación de la vida de adultos [catastróficamente] aquejados de dolencias, como los heridos mortalmente o los enfermos en fase terminal, que padecen graves dolores y sufrimientos físicos o psíquicos y desean morir con dignidad (Consideraciones generales, n. 9).
No piden la extensión de los cuidados paliativos, ni siquiera recuerdan la sedación paliativa, sino que recurren a acabar con la vida de la persona que sufre en lugar de cuidarla. Y además, se acude al absurdo de que morir con dignidad es que te apliquen la eutanasia o que te ayuden a suicidarte.
Estas Observaciones generales van a ser discutidas por el Comité en abril de este año, a pesar del rechazo que ha recibido por parte de mas de 100 organizaciones no gubernamentales en su presentación.
En nuestras manos está alzar la voz contra esta cultura que evidentemente lo único que quiere promover son acciones de muerte.
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Comments 3
Señores gracias por reportarnos sobre estos temas pero deberian poner nombre, apellido y formas de contacto de las personas que intervienen en estos temas para que la ciduadania les reclame cuidar el derecho a la vida de los seres humanos por nacer.
Por favor facilitenos las formas de contactar a las personas u organismos responsables. Gracias.
Muchas gracias por su sugerencia. Los textos a los que hacemos referencia están publicados por los organismos que mencionamos. Es a través de esos organismos el modo en el que se pueden poner en contacto con las personas que los han elaborado
El derecho a la vida es precisamente el que hay que proteger no asesinando a un ser humano prenatal. Derecho consagrado en la Declaración Universal de los Derechos del Niño